Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
17-08-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110817-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

200
Demanda 143 de 2011

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 143 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Luisa Molina Vela, contra las empresas “Alser, Sociedad Limitada”, “Roycur Servicios y Mantenimientos, Sociedad Limitada”, y la comunidad de propietarios de la calle Cruz del Sur, número 30, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 264 de 2011

En Madrid, a 27 de junio de 2011.—Vistos por su señoría ilustrísima, doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción, en reclamación de despido, entre las siguientes partes: como demandantes, doña Luisa Molina Vela, asistida del letrado don Pedro Antonio Soto Fernández, y como demandadas, las empresas “Alser, Sociedad Limitada”, representada por la letrada doña María Lourdes Churruca Marín; “Roycur Servicios y Mantenimientos, Sociedad Limitada”, representada por el graduado social don Luis Camacho Collado; la comunidad de propietarios de la calle Cruz del Sur, número 30, representada por su administrador don Ángel María Ruiz Saz, y doña Pilar Carrasco Macías, asistida del letrado don Francisco Javier Suárez Sanz.

Por todo lo razonado, vistos los preceptos legales y convencionales citados y demás de pertinente aplicación,

Fallo

Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Luisa Molina Vela, frente a las empresas “Alser, Sociedad Limitada”, “Roycur Servicios y Mantenimientos, Sociedad Limitada”, comunidad de propietarios de la calle Cruz del Sur, número 30, y doña Pilar Carrasco Macías, debo declarar y declaro improcedente el despido objeto del enjuiciamiento de fecha de efectos 31 de diciembre de 2010, y condeno a la empresa demandada “Alser, Sociedad Limitada”, a que, a su opción, que deberá realizar en el plazo de los cinco días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, proceda a la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o le abone la indemnización que asciende a la cantidad de 3.820,16 euros y a que le abone, cualquiera que sea el sentido de la opción, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución a razón de 16,12 euros diarios, con libre asbolución al resto de las demandadas de los pedimentos formulados en su contra.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación en la forma y plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Pilar Carrasco Macías, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 1 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.395/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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