Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
18-08-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110818-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Distrito de Tetuán

Negociado de Licencias

26
Mesón Ondiñas do Mendo, C. B.

Número de expediente: 106/2011/00142.

Fecha: 27 de julio de 2011.

Tipo de expediente: PA Modificac. act. con obra Acond. Puntual.

Interesada: “Mesón Ondiñas do Mendo, Comunidad de Bienes”.

Emplazamiento: calle Villaamil, número 4.

Actividad solicitada: bar-restaurante.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ordenanza sobre Evaluación Ambiental de Actividades de fecha 21 de enero de 2005 y en el artículo de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 56.5 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 23 de diciembre de 2004, se anuncia al público que ha sido solicitada la licencia urbanística para el ejercicio de la actividad e instalación especificada, de acuerdo con el proyecto que, unido al expediente, se encuentra en tramitación en este Distrito, pudiendo ser examinado dentro del plazo de veinte días hábiles.

Las personas que se consideren afectadas de algún modo por la actividad e instalación referida pueden formular por escrito las observaciones que estimen oportunas, presentándolas en el Registro del Ayuntamiento de Madrid en el plazo de veinte días hábiles, de lunes a jueves, de nueve a diecisiete horas, y los viernes, de nueve a catorce horas (durante el mes de agosto el horario será de lunes a viernes, de nueve a catorce. Cerrado los días 24 y 31 de diciembre).

Madrid, a 27 de julio de 2011.—Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 28 de noviembre de 2008, la secretaria del Distrito, en funciones, María Movillo Sánchez.

(02/7.239/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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