Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
20-08-2011

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110820-23

Páginas: 13


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

23
Emplazamiento notificación

En la Recaudación Ejecutiva/Tesorería del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (Madrid) se encuentran pendientes de notificar los actos administrativos que se citarán, referidos a los contribuyentes que después se relacionan.

Intentadas las notificaciones de dichos actos administrativos sin que haya sido posible notificarlos por causas no imputables a esta Administración, en cumplimiento del artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de diciembre de 2003), se emplaza a los interesados o sus representantes legales para que comparezcan en la Oficina de Recaudación Ejecutiva, situada en la calle José Antonio, número 42, primera planta, de Boadilla del Monte (Madrid), de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, para ser notificados en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer y comienza el plazo de un mes para interponer el recurso de reposición regulado en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, ante la tesorera municipal, respecto a los siguientes actos:

a) (APR) Las notificaciones de las providencias de apremio y requerimiento de pago solo son impugnables por los motivos tasados en el artículo 167.3 de la Ley General Tributaria.

b) (E) Las diligencias de embargo solo son impugnables por los motivos tasados en el artículo 170.3 de la repetida Ley General Tributaria.

c) (DII) Para procedimiento de devolución de ingresos.

d) (REC) Para resolución de recurso de reposición.

e) (APLAZ) Para notificaciones de expedientes de aplazamiento/fraccionamiento.

f) (REQBI) Para los requerimientos (o su reiteración) de bienes al deudor se establece un plazo de diez días para su cumplimentación y manifestación de alteración del orden de embargo, sin que sea un acto objeto de recurso específico.

g) (COMP) Para el procedimiento de compensación se abre el plazo (un mes) para la interposición del recurso de reposición.

La concejala-delegada del Área de Gestión de Hacienda por:

a) (TES) Notificación en expedientes de Tesorería sobre aplazamiento-fraccionamiento (A), compensación (C), devolución de ingresos (DI).

La interposición de recurso no paraliza, por sí, el procedimiento.

Con la notificación de la resolución del recurso de reposición (REC) quedará abierta la vía contencioso-administrativa.

Los actos administrativos que se pretenden notificar se refieren a los expediente/años/conceptos que se citan para cada interesado en la columna correspondiente y cuya codificación/descripción es la siguiente:

CÓDIGO DESCRIPCIÓN

APR: Providencia de apremio y requerimiento de pago.

E: Diligencia de embargo de dinero en cuentas (c/c), devolución Agencia Tributaria (AEAT), vehículos (Ve.), sobrante (Sob), bienes inmuebles (Bi), derechos (Der) y/o sueldos/salarios/pensiones (sal/pen), ampliación de embargo de bienes inmuebles (Ampli embi).

REQ.BI/Reit.: Requerimiento de bienes al deudor.

CancAE.: Cancelación de aplazamiento en ejecutiva.

IAE: Impuesto sobre actividades económicas.

IBIU: Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

ICIO: Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

IIVTNU: Impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

IVTM: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

FRACCIÓN: Expediente fraccionado.

PPGU03: Precio público por guardería.

SANC: Sanción.

TcT: Tasa por cambio de titularidad.

Tmatr: Tasa por celebración de matrimonio.

TASIST: Tasa por asistencia.

TGRU: Tasa por traslado de grúa.

TBOCM: Tasa por anuncio en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

TES: Actos de Tesorería aplazamientos/fraccionamiento (A), compensaciones (C), devoluciones de ingresos indebidos (DI), resoluciones de recursos (R).

VA02: Tasa vado.

VARIOS: Conceptos varios.

























En Boadilla del Monte, a 1 de julio de 2011.—El recaudador ejecutivo, Aniano Manso Fernández.

(02/6.480/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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