Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
22-08-2011

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110822-19

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2011, de la Dirección General de Trabajo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial de las tablas definitivas 2010 y revisión tablas provisionales 2011 del convenio colectivo del Sector de Empresas de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia (código número 28012525012003).

Examinada el acta de revisión salarial de las tablas definitivas 2010 y revisión tablas provisionales 2011 del convenio colectivo del Sector de Empresas de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia, suscrita por la comisión paritaria del mismo el día 20 de mayo de 2011; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General,

RESUELVE

1.o Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 5 de julio de 2011.—El Director General de Trabajo, PS (Orden 1154/2011, de 27 de abril), la Gerente del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Acta de reunión de la Comisión Paritaria del convenio colectivo para las empresas de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la Comunidad de Madrid

Asistentes

Por ASETRAM:

— Doña Gema Conde López.

— Don Antonio Pardo Mestres (en representación de don Emilio García Arias).

— Don Juan Carlos Gómez Díez (representado por doña Gema Conde López).

— Don Marco Antonio Barrero Tirado.

Por UGT:

— Don Manuel Aitor González Anta.

— Don David Faraldos Caso.

— Don Alfonso Díaz Martín.

— Don Fernando Fernández Calvo.

— Doña Rosa Palomar Cepa.

Por CC OO:

— Don Jesús Manjón Montero.

— Don Francisco Javier Núñez Muñoz.

— Doña Alejandra Sobrino Martínez.

— Don Julián Azofra Muñoz.

En Madrid, siendo las diez y treinta horas del día 20 de mayo de 2011, se reúnen en la sede de UGT, sita en la avenida de América, número 25, séptima planta, las personas relacionadas anteriormente, todas ellas miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las Empresas de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia de la Comunidad de Madrid, como consecuencia de la demanda interpuesta por UGT y para proceder a la revisión de las tablas salariales del año 2010 y fijar las tablas provisionales del año 2011; todo ello, en base a lo establecido en el artículo 16 del Convenio Colectivo.

A continuación, y en base a lo establecido en el artículo 16 del vigente Convenio Colectivo y tras constatar que el IPC real para el año 2010 publicado por el INE ha sido del 3 por 100 y dado que las previsiones de IPC que se realizaron en las tablas salariales provisionales firmadas para el primer y segundo semestre de 2010 fue de un 1 por 100, se procede a revisar las tablas salariales del primer y segundo semestre de 2010 aplicando a las tablas salariales definitivas de 2009 un 3 por 100 para calcular las tablas salariales definitivas del primer semestre de 2010 y un 3 por 100, más 3 puntos, para calcular las tablas salariales definitivas del segundo semestre de 2010, elevando a definitivas las tablas salariales resultantes que se adjuntan a la presente acta.

Por otra parte, y con relación a las tablas provisionales del año 2011, en cumplimiento de lo establecido en el mencionado artículo 16, ambas representaciones estiman un IPC previsto para el año 2011 de un 1 por 100, por lo que se procede a aplicar sobre las tablas definitivas del segundo semestre del año 2010 una previsión de IPC de un 1 por 100, más el 3,5 por 100 previsto en el convenio, elaborando las correspondientes tablas como provisionales para el año 2011, adjuntándolas a la presente acta.

Se faculta a la Federación de Transportes, Comunicaciones y Mar de UGT para que en nombre de la Comisión Paritaria proceda a realizar los trámites oportunos para el registro y publicación de esta acta con las tablas que la acompañan.

Y sin más asuntos que tratar se da por finalizada la presente reunión a las doce y treinta horas del día señalado, procediendo a la firma de esta acta.







(03/28.715/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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