Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
23-08-2011

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110823-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

60
Cargos dedicación exclusiva

El Ayuntamiento Pleno de Nuevo Baztán, en sesión celebrada el 8 de julio de 2011, acordó:

Primero.—Determinar la siguiente relación de cargos de la Corporación que se desempeñan en régimen de dedicación exclusiva, con las retribuciones brutas mensuales que se señalan:

— Primer teniente de alcalde:

l Retribución bruta mensual: 2.400 euros.

— Segundo teniente de alcalde:

l Retribución bruta mensual: 2.200 euros.

— Tercer teniente de alcalde:

l Retribución bruta mensual: 2.100 euros.

Segundo.—Determinar la siguiente relación de cargos de la Corporación que se desempeñan en régimen de dedicación parcial, con las retribuciones brutas mensuales que se señalan:

— Concejalía con delegación especial de servicios de Medio Ambiente, Inspección, Consumo, Sanidad y Espacios Públicos:

l Retribución bruta mensual: 1.000 euros.

— Concejalía con delegación especial de servicios de Recursos Humanos:

l Retribución bruta mensual: 400 euros.

— Concejalía con delegación especial de servicios de Hacienda, Economía y Empleo:

l Retribución bruta mensual: 700 euros.

Tercero.—Determinar el siguiente régimen de dedicación mínima de los corporativos con dedicación parcial.

— Concejalía con delegación especial de servicios de Medio Ambiente, Inspección, Consumo, Sanidad y Espacios Públicos:

l Dedicación parcial: 49 por 100.

— Concejalía con delegación especial de servicios de Recursos Humanos:

l Dedicación parcial: 10 por 100.

— Concejalía con delegación especial de servicios de Hacienda, Economía y Empleo:

l Dedicación parcial: 32 por 100.

Cuarto.—En cada ejercicio económico, los interesados percibirán las mencionadas retribuciones por doce mensualidades y dos pagas extraordinarias de importe igual, cada una de ellas, al de una mensualidad, con las deducciones que legalmente procedan en concepto de la Seguridad Social e impuesto sobre la renta de las personas físicas, y sufrirán anualmente los mismos incrementos porcentuales que se establezcan para las retribuciones del personal municipal.

En Nuevo Baztán, a 29 de julio de 2011.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez.

(03/23.091/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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