Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
23-08-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110823-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

70
Aprobación dedicación exclusiva cargos

Mediante acuerdo de Pleno, en su sesión de 19 de julio de 2011, se han dispuesto las asignaciones a órganos de gobierno y aportaciones a Grupos Políticos Municipales de Villa del Prado.

Habiéndose constituido la nueva Corporación Plenaria, en sesión constitutiva de fecha 11 de junio de 2011, tras las elecciones celebradas el día 22 de mayo del presente año.

De acuerdo con lo previsto por el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, donde se establece que el Pleno de la Corporación podrá asignar a los Grupos Políticos dotaciones económicas, así como el artículo 175.5 del mismo texto legal, en relación con el procedimiento de reconocimiento de dedicación exclusiva o parcial a miembros de la Corporación.

Teniendo en cuenta el contenido de la prueba económica presentada por el Grupo de Gobierno.

Primero.—Aprobar el mantenimiento del régimen de dedicación exclusiva en los cargos siguientes y con las retribuciones que a continuación se detallan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre:

— Alcaldía-Presidencia: 48.309,66 euros brutos al año.

— Concejalía de Urbanismo y Deportes: 31.007,06 euros brutos al año.

Segundo.—Aprobar las asignaciones económica de altos cargos del Ayuntamiento de Villa del Prado, de acuerdo con el siguiente desglose:

— Concejales del Grupo Municipal PP: 950 euros al mes.

— Concejales del Grupo Municipal PSOE: 220 euros al mes.

— Portavoces del Grupo Municipal PSOE y Grupo Municipal PIDEA: 250 euros al mes.

El régimen de percepción de estas cantidades es incompatible con la percepción de otro tipo de dietas o retribuciones económicas por parte del Ayuntamiento. En caso de incumplimiento por parte de los concejales del deber de asistencia a las sesiones del Pleno y demás órganos colegiados, el Pleno podrá adoptar las medidas sancionadoras correspondientes, de conformidad con la legislación vigente.

En Villa del Prado, a 1 de agosto de 2011.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.

(03/28.959/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110823-70