Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
01-09-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110901-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

132
Ejecución 123 de 2011

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 123 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Grigore Deoanca y don Mircea Jinaru, contra las empresas “Contenedores y Excavaciones Velilla, Sociedad Limitada”, y “Lisa Trans, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 5 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 5 de julio de 2011.

Dispongo: Estimar la demanda incidental formulada por don Grigore Deoanca y don Mircea Jinaru, contra “Lisa Trans, Sociedad Limitada”, y “Contenedores y Excavaciones Velilla, Sociedad Limitada”, y en consecuencia:

a) Declarar que las empresas ejecutadas no han procedido a readmitir a los trabajadores despedidos.

b) Resolver la relación contractual condenando a las ejecutadas a que satisfagan a los ejecutantes la indemnización rescisoria total de 11.090,33 euros a don Grigore Deoanca y 16.210,50 euros a don Mircea Jinaru.

c) Condenar a las empresas a que les satifagan por el concepto de salarios de tramitación el importe total de 13.053,44 euros a don Grigore Deoanca y 10.956,80 euros a don Mircea Jinaru, correspondientes al período comprendido entre el día siguiente al despido y el día de esta resolución (doscientos cincuenta y seis días).

d) Condenar a las ejecutadas a satisfacer a los trabajadores ejecutantes quince días de salario declarado probado por el concepto de indemnización por falta de preaviso (764,85 euros a don Grigore Deoanca y 642 euros a don Mircea Jinaru).

e) Condenar a las mismas a que mantengan a los trabajadores ejecutantes en situación de alta durante el expresado período de tramitación que se extiende desde el día siguiente del despido hasta el día de hoy.

f) Condenarles a que abonen las costas del trámite.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Contenedores y Excavaciones Velilla, Sociedad Limitada”, y “Lisa Trans, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En Madrid, a 29 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/29.126/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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