Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
07-09-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110907-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

62
Demanda 1.170 de 2010

Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.170 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Barranquero Durán, contra la empresa “Ambulancias Ángel de la Guarda, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 337 de 2011

En Madrid, a 15 de julio de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Antonio Barranquero Durán, que comparece asistido de la letrada doña Cristina López Carbonell, y de otra, como demandados, “Ambulancias Ángel de la Guarda, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que comparece asistido de la letrada doña María de los Ángeles Rodríguez López, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía desestimar la prescripción alegada por la defensa del Fondo de Garantía Salarial en la demanda que por reclamación de cantidad, formuló don Antonio Barranquero Durán, contra la empresa “Ambulancias Ángel de la Guarda, Sociedad Limitada”, y contra dicho organismo, condenando a la primera al pago al actor de 279 euros de principal y 27,90 euros de mora, absolviendo de dicha pretensión al Fondo de Garantía Salarial, a quien abran de hacer las advertencias legales en los supuestos legalmente previstos.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Antonio Barranquero Durán, “Ambulancias Ángel de la Guarda, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.433/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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