Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
07-09-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110907-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

63
Demanda 806 de 2010

Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 860 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Vergara García, contra la empresa “Pinturas Pinrey, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 250 de 2011

En Madrid, a 20 de mayo de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Fernando Vergara García, que comparece asistido del letrado don José Vicente Sanz Hernández, y de otra, como demandadas, “Pinturas Pinrey, Sociedad Limitada”, que no comparece, y “Afyouni, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por don Fernando Vergara García, en concepto de reclamación de cantidad, contra las empresas “Pinturas Pinrey, Sociedad Limitada”, y “Afyouni, Sociedad Limitada”, condenando únicamente a la primera al pago de la cantidad de 2.436,28 euros en concepto de principal reclamado, más 243,62 euros en concepto de interés por mora, absolviendo a la segunda codemandada de dicha pretensión.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Fernando Vergara García, y “Pinturas Pinrey, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.435/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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