Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
07-09-2011

Sección 1.2.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110907-2

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

2
RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2011, por la que se publica el trámite de subsanación y/o mejora de la solicitud previsto en los artículos 70 y 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a doña María Yolanda Robles Prieto.

Visto el recurso de alzada interpuesto por doña María Yolanda Robles Prieto, con número de expediente 666/2010RA, contra la desestimación de la solicitud de abono del complemento específico en cuantía idéntica a la que perciben los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros que imparten docencia en el primer ciclo de la ESO, de conformidad con los artículos 70 y 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dio trámite de subsanación y/o mejora de la solicitud a la recurrente. La notificación a la interesada de dicho trámite se ha intentado en dos ocasiones, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la citada Ley, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha notificación cuyo texto íntegro se une como Anexo a la presente Resolución. Asimismo se informa a la interesada que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

ANEXO

Una vez comprobado su escrito de recurso interpuesto con fecha 10 de octubre de 2009, se ha observado lo siguiente:

Solicitamos que se aporte la reclamación inicial, según el escrito de recurso de fecha 10 de diciembre de 2009.

Lo reseñado es requisito esencial según lo previsto en los artículos 70 y 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del mismo cuerpo legal, se le concede el plazo de diez días hábiles para su presentación, a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la presente comunicación, haciendo referencia expresa del número de recurso que le indicamos en el “Cítese” del encabezado.

Asimismo se le significa que, de no cumplimentar el trámite en el plazo fijado, se le tendrá por desistida de su pretensión.

Por último, se comunica que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.5.a) de la citada Ley 30/1992, el plazo máximo para la resolución del recurso queda interrumpido hasta la presentación de la documentación requerida.

Madrid, a 24 de agosto de 2011.—El Secretario General Técnico, PD (Resolución de 20 de febrero de 2008), la Subdirectora General de Régimen Jurídico, Natalia Romero Frigols.

(03/29.699/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110907-2