Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
14-09-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110914-78

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

78
Ejecución 194 de 2010

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.869 de 2009, ejecución 194 de 2010-JG de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adil Bouabid, contra la empresa “Custodia Clave y Control, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya copia se acompaña.

Diligencia.—En Madrid, a 13 de octubre de 2010.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se procede a unir al procedimiento el anterior escrito presentado por la parte actora solicitando la ejecución de la sentencia dictada en las presente actuaciones. Paso a dar cuenta su señoría.—Doy fe.

Auto

La magistrada-juez, doña María Luisa Gil Meana.—En Madrid, a 13 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de 21 de abril de 2010, a favor de la parte ejecutante don Adil Bouabid, frente a la parte ejecutada “Custodia Clave y Control, Sociedad Limitada”, por un principal de 10.539,05 euros, más la cantidad de 632,34 euros de interés, y 1.053,91 euros de costas, calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación.

Decreto

La secretaria judicial, doña Eva San Pablo Moreno.—En Madrid, a 13 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

— El embargo de los bienes de “Custodia Clave y Control, Sociedad Limitada”, en concreto: los bienes que se encuentren en su domicilio, librándose al efecto testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales de despacha ejecución, y a quienes servirá la presente resolución de mandamiento en forma; pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la Fuerza Pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.

— Requerir a “Custodia Clave y Control, Sociedad Limitada”, a fin de que manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

— Librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “Custodia Clave y Control, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

— Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor que le consten.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Custodia Clave y Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de agosto de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.672/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110914-78