Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
17-09-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110917-18

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

18
Procedimiento ordinario 1.886 de 2009

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.886 de 2009, a instancias de “Construcciones Residenciales y Sociales, Sociedad Anónima”, contra doña Obdulia Pérez Navarro, en la que dictó sentencia en fecha 30 de mayo de 2011, cuya parte dispositiva dice literalmente:

«Estimo íntegramente la demanda planteada por “Construcciones Residenciales y Sociales, Sociedad Anónima”, frente a doña Obdulia Pérez Navarro, declaro haber lugar a la misma, y en su virtud condeno a la demandada a abonar a la actora 5.142,60 euros, más intereses legales, y expresa condena en costas a la demandada atendido el criterio objetivo del vencimiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso de preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Asimismo, firme que sea la presente resolución sepa la parte condenada que si en el término de veinte días (artículo 548 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) a partir de la notificación, no cumple el fallo de la presente sentencia la parte vencedora en el pleito podrá pedir la ejecución forzosa de la misma que generará nueva costas, además de las impuestas en sentencia para la parte condenada.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a doña Obdulia Pérez Navarro, que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente.

En Madrid, a 14 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(02/7.518/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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