Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
26-09-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110926-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

45
Avocación competencias

La alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, con fecha 22 de agosto de 2011, ha dictado la siguiente resolución: decreto 611/2011, de la Alcaldía-Presidencia.

En virtud de lo establecido en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículos 43, 44, 116 y 117 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Visto lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

Visto el decreto 608/2011, dictado por esta Alcaldía con fecha 23 de agosto de 2011, resuelvo:

«Primero.—Avocar la competencia comprendida en la disposición adicional segunda de la LCSP y delegada en la Junta de Gobierno Local mediante decreto 608/2011 precitado para el procedimiento de contratación del arrendamiento privado del local de propiedad municipal denominado “Casa Zaguán”, calificado como patrimonial, sito en la calle Virgen de la Soledad, en el Conjunto “Casa Grande” de Mejorada del Campo.

Segundo.—Delegar la competencia avocada en el párrafo anterior en el señor concejal-delegado de Urbanismo, Industria, Vivienda y Medio Ambiente y cuarto teniente de alcalde, don José Ángel Parrilla Molero para el asunto de referencia.

Lo manda y firma la señora alcaldesa-presidenta, doña Cristina Carrascosa Serrano, en Mejorada del Campo, a 22 de agosto de 2011».

En Mejorada del Campo, a 8 de septiembre de 2011.—La alcaldesa-presidenta, Cristina Carrascosa Serrano.

(03/30.272/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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