Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
28-09-2011

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110928-67

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

OTROS ANUNCIOS

67
Incoación expediente sancionador

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del mismo artículo y en el artículo 61 del citado texto legal, lo siguiente:

“Por la alcaldesa, en la fecha que se indica, se ha dictado la siguiente resolución de incoación de expediente sancionador por presunta infracción del artículo 448.3 de la ordenanza reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos para el municipio de Torrelodones, para determinar la responsabilidad y sanción que corresponda, conforme a lo que resulte de la incoación de los expedientes.

Se ha nombrado instructor del expediente al concejal-delegado del Área de Régimen Interior Seguridad, don Gonzalo Santamaría Puente.

El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Alcaldía, conforme disponen los artículos 10 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y 21.1.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Los presuntos responsables tienen derecho a conocer, en cualquier momento del procedimiento, el estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los documentos constituidos en el mismo, previo pago de la tasa correspondiente, conforme a lo establecido en la ordenanza fiscal número 18, así como a formular con anterioridad al trámite de audiencia, alegaciones y aportar los documentos que estimen pertinentes.

Tienen, igualmente, quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse. También pueden reconocer voluntariamente su responsabilidad, con los efectos previstos en el artículo 8 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Se comunica, asimismo, a los presuntos responsables que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento sancionador en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de este anuncio, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, haciendo constar que las presentes resoluciones son actos administrativos de trámite que inician el procedimiento y son inimpugnables, por lo que no cabe recurso alguno sin perjuicio de impugnar en su día las decisiones que pongan fin a los mismos, si son contrarias a los derechos de los presuntos responsables.

El secretario del Ayuntamiento, Fernando A. Giner Briz”.

Estos expedientes pueden ser consultados en el Ayuntamiento de Torrelodones, Registro General de Entrada, sito en la plaza de la Constitución, número 2, de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce.

1. Número de expediente. — 2. Fecha de inicio del expediente. — 3. Hechos constitutivos de infracción. — 4. Ubicación. — 5. Presunto responsable. — 6. Precepto infringido. — 7. Calificación inicial de la infracción. — 8. Sanción imponible conforme a la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid

1. ES 4.2.15/11 (Id. 1798). — 2. 27 de junio de 2011. — 3. Perro circulando por la vía pública sin su dueño. — 4. Plaza de José María Unceta. — 5. Don Antonio Vázquez Gallardo. — 6. Ordenanza reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos para el municipio de Torrelodones. — 7. Leve. — 8. Hasta 750 euros.

Torrelodones, a 5 de septiembre de 2011.—La alcaldesa, Elena Biurrún Sainz de Rozas.

(02/7.988/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110928-67