Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
28-09-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110928-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

118
Demanda 901 de 2010

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Manuela Castilla Barba contra “Trialnet, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario, registrado con el número 901 de 2010, se ha acordado citar a “Trialnet, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 11 de octubre de 2011, a las nueve y veinte horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 19, sito en la calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento (artículo 59.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que sirva de citación a “Trialnet, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 8 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.764/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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