Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
28-09-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110928-170

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1

EDICTO

170
Procedimiento 697 de 2010

La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 697 de 2010, sobre social ordinario, a instancias de Reyes Cordero Fernández, contra “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, en la que se ha dictado resolución que, sustancialmente, dice lo siguiente:

Decreto

La secretaria judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.—En Sevilla, a 30 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo:

Admitir esta demanda presentada.

Señalar el día 21 de febrero de 2012, a las diez horas, para la celebración del acto de juicio, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en avenida de la Buhaira, sin número, edificio “Noga”, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante la secretaria judicial.

Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que deberán concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Asimismo, se advierte a las partes de que, de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial, en primer caso, y la magistrada-juez, en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Tener por efectuada la manifestación de la parte actora, de comparecer al juicio asistida de letrado.

Dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado a los efectos del artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto de la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.713/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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