Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
28-09-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110928-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

121
Ejecución 184 de 2011-A

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial por sustitución del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 184 de 2011-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Daicy Guadalupe Cedeño Figueroa, contra don Miguel Ángel Villarejo Blanco, don Javier Almorox Calvo y “Mandrágora 2010, Comunidad de Bienes”, sobre despido, se ha dictado diligencia de ordenación y auto de 5 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia firme obrante en autos a favor de la ejecutante doña Daicy Guadalupe Cedeño Figueroa, frente a “Mandrágora 2010, Comunidad de Bienes”, don Miguel Ángel Villarejo Blanco y don Javier Almorox Calvo.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez (firmado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Avilés Navarro.—En Madrid, a 20 de junio de 2011.

No habiéndose extinguido la relación laboral que unía a la actora con los ejecutados “Mandrágora 2010, Comunidad de Bienes”, don Miguel Ángel Villarejo Blanco y don Javier Almorox Calvo, se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en la Sala de Audiencias de este Juzgado el día 5 de octubre de 2011, a las nueve y veinte horas de su mañana, que solo versará sobre la inadmisión y la imposibilidad, en su caso, de readmitir a la trabajadora por cese o cierre de las empresas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidos de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Obténgase a través de la aplicación informática correspondiente informe de vida laboral del demandante.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial con entrega de copia de la demanda, sentencia y solicitud de ejecución.

Y habiéndose recibido devueltas por Correos por el motivo de “Caducado” las diligencias de ordenación de 6 de mayo de 2011, dirigidas a los demandados don Miguel Ángel Villarejo Blanco y don Javier Almorox Calvo, diríjase exhorto al Juzgado decano de los de Alcorcón, a fin de que por este se proceda a intentar la notificación de dichas diligencias, así como de las del día de la fecha.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Villarejo Blanco, don Javier Almorox Calvo y “Mandrágora 2010, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.393/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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