Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110929-216

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

216
Ejecución 18 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.100 de 2009, ejecución número 18 de 2010-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ismail El Azaar, contra la empresa “SCRI 2000, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 29 de agosto de 2011.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se une al procedimiento el anterior escrito presentado por la parte actora solicitando se dicte la insolvencia de la demandada. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 29 de agosto de 2011.

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “SCRI 2000, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 19.916,84 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “SCRI 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de agosto de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.524/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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