Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110930-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91

EDICTO

87
Procedimiento ordinario 1.348 de 2010

En el presente procedimiento ordinario número 1.348 de 2010, seguido a instancias de “Barclays Bank, Sociedad Anónima”, frente a doña Zoraida Tatiana Tineo Ulloa, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 39

En Madrid, a 1 de marzo de 2011.—Vistos por don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 84 de esta localidad, los autos de juicio declarativo ordinario número 1.348 de 2010, seguidos a instancias de la mercantil “Barclays Bank, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Adela Cano Lantero y asistido por el letrado don José Jaime Granados Bravo, contra doña Zoraida Tatiana Tineo Ulloa, en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Barclays Bank, Sociedad Anónima”, contra doña Zoraida Tatiana Tineo Ulloa, en rebeldía en las presentes actuaciones, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 16.065,74 euros, cantidad que devengará el interés moratorio pactado del 29 por 100 anual desde la fecha de presentación de la demanda (14 de junio de 2010), ello con imposición de costas a la parte demandada.

Y encontrándose dicha demandada, doña Zoraida Tatiana Tineo Ulloa, en paradero desconocido, se expide el presente, a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(02/8.108/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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