Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2011

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110930-37

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2011, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se procede a publicar notificaciones en relación con el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Aldea del Fresno (Madrid).

Intentada sin efecto la notificación individual indicada en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los interesados que se relacionan en el Anexo, procede su publicación, a los efectos previstos en el artículo 59.5 del mismo texto legal.

«Resolución de 27 de abril de 2011, de la Dirección General del Mdio Ambiente, por la que se aprueba el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Aldea del Fresno (Madrid)

El Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Aldea del Fresno (Madrid) fue aprobado por Orden Ministerial de 24 de enero de 1950, y publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el 1 de febrero de 1950.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, “el deslinde es el acto administrativo por el que se definen los límites de las vías pecuarias de conformidad con lo establecido en el acto de la clasificación”.

Asimismo, el artículo 15 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establece que “mediante el acto de deslinde la Comunidad define los límites de las vías pecuarias previamente clasificadas”.

Así pues, mediante Acuerdo de 2 de octubre de 2009, del Director General del Medio Ambiente, se inició el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Aldea del Fresno, fijándose como lugar, fecha y hora de realización de las operaciones materiales de recorrido, reconocimiento y estudio sobre el terreno de las vías pecuarias el día 21 de enero de 2010, a las diez horas, en el Ayuntamiento de Aldea del Fresno, sito en la plaza de la Constitución, número 2. A tal efecto, dicho Acuerdo de Iniciación fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 275, de 19 de noviembre de 2009, notificándose, asimismo, a los interesados en el procedimiento con fecha de registro de salida de 15 de octubre de 2009.

Tras la realización de dichas operaciones materiales y el levantamiento y firma del ­correspondiente Acta, se redactó el proyecto de deslinde en marzo de 2010.

El procedimiento de deslinde es sometido al trámite de Información Pública, mediante Acuerdo de 12 de marzo de 2010, de la Dirección General del Medio Ambiente, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 29 de junio de 2010.

Instruido el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Aldea del Fresno, con fecha de registro de salida de 6 de septiembre de 2010, se procede a dar cumplimiento al trámite de audiencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones ­Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 15.2.b) de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, notificándose dicha circunstancia a cuantos figuran como interesados en el procedimiento, otorgándoles un plazo de quince días para presentar las alegaciones que estimaran oportunas.

Durante los anteriores trámites, la Dirección General de Carreteras realiza una serie de consideraciones relativas a su legislación en los tramos en los que se superponen los dominios públicos de carreteras y pecuario. En este sentido, en la gestión del dominio público pecuario se aplicará la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, y la Ley 3/1995, Básica Estatal de Vías Pecuarias, con respeto y sujeción en lo necesario a la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreras de la Comunidad de Madrid, y su ­Reglamento, aprobado por Decreto 29/1993, de 11 de marzo.

Del mismo modo, la Confederación Hidrográfica del Tajo realiza consideraciones, en relación con el artículo 95 de la Ley de Aguas, y de los artículos 240 y siguientes del Reglamento de Dominio Público Hidráulico.

Durante dicho trámite han sido presentadas alegaciones por Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, “Sociedad Agropecuaria las Hoyas, Sociedad Anónima”, “Inmobiliaria Sandi, Sociedad Limitada”, y “Telbasa Construcciones e Inversiones, Sociedad Limitada”.

En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, habiéndose cumplido los trámites legalmente previstos en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, y en base a las competencias atribuidas por el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, esta Dirección General del Medio Ambiente,

RESUELVE

Primero

Aprobar el deslinde de las vías pecuarias del término municipal de Aldea del Fresno (Madrid).

Segundo

Estimar y/o desestimar las alegaciones presentadas en el procedimiento de deslinde, en el sentido que figura en el Informe Propuesta del Área de Vías Pecuarias de 25 de abril de 2011.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la excelentísima Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Madrid, a 27 de abril de 2011.—El Director General del Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas».



Madrid, a 21 de julio de 2011.—El Director General del Medio Ambiente, Juan José Cerrón Reina.

(03/31.652/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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