Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
03-10-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111003-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

OTROS ANUNCIOS

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Notificación licencia Diego Armando Pinzón Tulande

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el lugar donde se viene ejerciendo la actividad sin licencia municipal y en el domicilio del interesado, don Diego Armando Pinzón Tulande, se procede a su publicación extractada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

El concejal de Política Territorial ha dictado el día 13 de abril de 2011 resolución de suspensión de actos ejecutados sin licencia, número 1156/2011.

Habida cuenta del expediente número I-2011/040, en relación a la actividad sin licencia que se está ejerciendo en la parcela 6 del polígono 9 (nave 5) de esta localidad, y habiéndose constatado que:

Primero.—Con fecha 24 de febrero de 2011 se realizó visita de inspección, emitiéndose informe en el que se indica “que se está llevando a cabo en el referido inmueble una actividad de taller de reparación de vehículos careciendo de licencia municipal”.

Segundo.—Según documentación obrante en el expediente administrativo, don Diego Armando Pinzón Tulande no cuenta con licencia municipal de apertura y funcionamiento para el ejercicio de actividad alguna en el emplazamiento sito en parcela 6 del polígono 9 (nave 5).

Por tanto, en base a todo lo expuesto y en uso de las atribuciones delegadas por el alcalde-presidente mediante decreto 2132/2007, de 20 de junio, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 162, de 10 de julio de 2007, dispongo:

Primero: suspender de forma inmediata la actividad que se ejerce sobre la parcela 6 del polígono 9 (nave 5), bajo los apercibimientos ya señalados.

Segundo: comuníquese al interesado de que dispone de un plazo de dos meses para solicitar la legalización de la actividad, y que una vez transcurrido el mismo, si el interesado no hubiere presentado la solicitud de legalización o denegada la licencia por ser contraria a las prescripciones de planeamiento, la Comisión de Gobierno o el Ayuntamiento en Pleno procederá a impedir definitivamente los usos.

El expediente completo obra en el Departamento de Urbanismo e Industria del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

Lo que comunico a usted para su conocimiento y efectos, significándole que contra la presente resolución podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses (artículo 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo, sin que su interposición suspenda la ejecución del acto impugnado y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponer.

Con carácter potestativo podrá, asimismo, interponer recurso de reposición ante el concejal-delegado de Urbanismo de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la presente resolución. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

En San Fernando de Henares, a 24 de junio de 2011.—La concejala-delegada de Urbanismo e Industria, Laura Bedoya Ortuño.

(02/7.009/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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