Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
03-10-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111003-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

94
Procedimiento ordinario 1.414 de 2009

En autos de juicio procedimiento ordinario número 1.414 de 2009, seguidos en este Juzgado de primera instancia de Alcalá de Henares a instancias de “Daimlerchrysler Services Renting, Sociedad Anónima”, contra don Cruz Jesús Sánchez García y “Crow Andamiajes, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

El ilustrísimo señor don José Enrique Sánchez-Paulete Hernández, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares, ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente

Sentencia número 75 de 2011

En Alcalá de Henares, a 11 de mayo de 2011.

Vistos y examinados por don José Enrique Sánchez-Paulete Hernández, magistrado-juez del Juzgado número 2 de Alcalá de Henares y su partido, los presentes autos seguidos en este Juzgado con el número 1.414 de 2009, incoados por demanda de juicio ordinario de resolución de contrato de “renting” y reclamación de cantidad, promovido por el procurador de los tribunales don José Francisco Reino García, en la representación que ostenta de la mercantil “Mercedes Benz Renting, Sociedad Anónima”, frente a “Crow Andamiajes, Sociedad Limitada”, y don Cruz Jesús Sánchez García, ambos en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don José Francisco Reino García, en la representación que ostenta de la mercantil “Mercedes Benz Renting, Sociedad Anónima”, frente a “Crow Andamiajes, Sociedad Limitada”, y don Cruz Jesús Sánchez García, ambos en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto, con efecto de 28 de mayo de 2009, el contrato de “renting” de fecha 27 de junio de 2005, que les vinculaba, y consecuentemente debo condenar y condeno solidariamente a dichos demandados a la devolución a la actora del vehículo con número de bastidor WDD1690071J159343, al abono a la actora de 6.962,20 euros de principal, 2.963,58 euros de intereses de demora por las cuotas impagadas hasta la fecha de resolución, más la cantidad que se devengue en concepto de cláusula penal, a razón de 1.392,42 euros por cada mes de tardanza en la devolución del vehículo desde el 12 de diciembre de 2008 hasta la efectiva entrega del mismo; más la cantidad que se devengue en concepto de indemnización equivalente al 60 por 100 de las cantidades pendientes de vencimiento en el momento de la resolución; así como al abono de los intereses de demora desde el 28 de mayo de 2009 hasta el efectivo pago de las cantidades abonadas y al abono de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma cabe recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días ante este Juzgado, previo depósito de 50 euros si no se litiga con el beneficio de justicia gratuita, para ulterior interposición y remisión a la Audiencia Provincial de Madrid para su resolución.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada, en paradero desconocido, “Crow Andamiajes, Sociedad Limitada”, expido la presente en Alcalá de Henares, a 29 de julio de 2011.—El secretario (firmado).

(02/8.053/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111003-94