Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
05-10-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111005-230

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

230
Ejecución 91 de 2010

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 91 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Omar El Ouansaidi, contra la empresa “Cerrajerías y Reformas Corredor”, sobre cantidad, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 20 de abril de 2011.

Visto el estado de la presente ejecución, acuerdo: Remitir oficio a la Jefatura Provincial de Tráfico a fin de que informe si la ejecutada figura como titular de bienes susceptibles de embargo, y en caso afirmativo, remita situación de los mismos.

Notifíquese esta resolución.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 1 de septiembre de 2011.

Habiendo sido declarada “Cerrajería y Reformas Corredor del Henares, Sociedad Limitada” (misma empresa que “Cerrajería y Reformas Corredor”), insolvente provisional por el Juzgado de lo social número 5 de Madrid, en su procedimiento número 912 de 2010, ejecución número 310 de 2010, en decreto de fecha 13 de julio de 2011, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 3.584,87 euros de principal y la suma de 358,48 euros en concepto de intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de nuevos bienes de la ejecutada, por lo que atendiendo a los precedentes se va a proceder a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, procédase a dar audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo máximo de quince días insten la práctica de las diligencias que a su derecho convenga.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cerrajerías y Reformas Corredor”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 1 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.120/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111005-230