Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
06-10-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111006-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3

EDICTO

95
Juicio de faltas 3 de 2011

Doña María José Moraleja León, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 3 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés, a 3 de mayo de 2011.—Don José María Escribano Laclériga, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 3 de esta localidad, ha visto y conocido en juicio verbal el juicio de faltas número 3 de 2011, seguido por falta de amenazas, en el que ha sido parte el ministerio fiscal, ejercitando la acción pública, y no comparecieron las partes implicadas.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente de los hechos enjuiciados en las presentes diligencias a doña Gema Alvés Torres, declarando de oficio las costas causadas en el presente pleito.

Publíquese la presente en audiencia pública y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma y en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de formalizarse ante este Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y durante cuyo plazo se hallarán las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Gema Alvés Torres, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Leganés, a 1 de septiembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/31.223/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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