Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
08-10-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111008-44

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

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Procedimiento ordinario 1.495 de 2009

En el procedimiento ordinario número 1.495 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo extracto es del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 19 de septiembre de 2011.—Vistas y oídas las presentes actuaciones por doña María Victoria Balseiro Diéguez, magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 59 de Madrid y su partido, ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente

Sentencia número 201 de 2011

En los autos de juicio ordinario número 1.496 de 2009, seguidos en este Juzgado a instancias de la mercantil “Caja de Ahorros de Asturias”, representada por el procurador señor Casielles Morán, y defendida por el letrado señor Álvarez Vallina, contra don Ángel Ceferino Junguera Bodelón y la entidad “CIM Arrendamientos de Maquinaria, Sociedad Limitada”, declarados en rebeldía, sobre resolución de contrato de arrendamiento financiero mobiliario y reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Casielles Morán, en representación de la mercantil “Caja de Ahorros de Asturias”, contra don Ángel Ceferino Junquera y la mercantil “CIM Arrendamientos de Maquinaria, Sociedad Limitada”:

1.o Declaro la resolución del contrato de arrendamiento financiero mobiliario número 2048/97/0950000051 formalizado entre las partes en fecha 16 de octubre de 2006.

2.o Condeno a la mercantil “CIM Arrendamientos de Maquinaria, Sociedad Limitada”, a la inmediata restitución a la actora de los bienes arrendados, todavía en poder de esta última: carretillas suministradas por “Almaco Levante, Sociedad Limitada”, ambas modelo Mast H20DL4W, números de chasis 4HD602889 y 4HD60328, con la documentación oficial de las mismas.

Y para el supuesto que dicha demandada no entregara la documentación requerida, se procederá a la inscripción de los bienes a nombre de “Caja de Ahorros de Asturias” en los registros públicos que correspondan.

3.o Al abono solidario por don Ángel Ceferino Junquera y la mercantil “CIM Arrendamientos de Maquinaria, Sociedad Limitada”, a la “Caja de Ahorros de Asturias” de la cantidad de 26.670,32 euros, cuya cantidad desde la fecha de la demanda hasta su completo pago devengará los intereses legales correspondientes que desde la fecha de la presente sentencia se incrementarán en la forma determinada por el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil hasta el completo pago de la deuda.

4.o Al abono solidario por don Ángel Ceferino Junquera y la mercantil “CIM Arrendamientos de Maquinaria, Sociedad Limitada”, a la “Caja de Ahorros de Asturias” de la cantidad resultante de multiplicar 2.156,82 euros por cada mes o fracción de mes de demora en la devolución de los bienes arrendados, con las modificaciones que resulten de lo establecido en el anexo II. Esta cantidad se determinará en ejecución de sentencia, atendiendo a las bases establecidas en el hecho octavo de la demanda, cuya cantidad desde la fecha de su liquidación hasta su completo pago devengará los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

5.o Al pago solidario por don Ángel Ceferino Junquera y la mercantil “CIM Arrendamientos de Maquinaria, Sociedad Limitada”, de las costas causadas en el procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma podrán preparar ante este Juzgado recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, que no será admitido a trámite si no se acreditara por la parte interesada en interponerlo al tiempo de su preparación haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida mediante Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Ángel Ceferino Junquera Bodelón, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/8.416/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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