Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
10-10-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111010-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

EDICTO

85
Medidas cautelares 2.379 de 2010

Doña Rosario Negredo del Cerro, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de medida cautelar número 2.379 de 2010 seguido ante este Juzgado se ha acordado notificar el auto dictado en fecha 13 de septiembre de 2011 a la mercantil demandada “Chocolate Consulting Inmobiliario, Sociedad Limitada”, mediante la publicación del presente, dado su ignorado paradero, siendo la parte dispositiva de dicha resolución del tenor literal siguiente:

Que accediendo a la medida cautelar interesada por el procurador señor Caballero Aguado, en nombre y representación de la mercantil “Funk Madrid, Sociedad Limitada”, procede ordenar a la entidad “Chocolate Consulting Inmobiliario, Sociedad Limitada”, para que se abstenga de ejecutar los avales contemplados en la cláusula decimocuarta del contrato de subarriendo concertado entre las partes litigantes.

Todo ello previa prestación de 1.000 euros de fianza.

Con imposición de las costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde la notificación de esta resolución que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

La admisión del recurso precisará que, al prepararse, se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 0030/1845/00/3250 (cuenta del Juzgado)/XXXX (número del procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)/XX (dos últimas cifras del año del procedimiento) abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto” el depósito de 50 euros exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica el Poder Judicial, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2009.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—En Madrid, a 15 de septiembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/8.366/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111010-85