Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
10-10-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111010-263

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

263
Ejecución 171 de 2011

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 171 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Verónica Isabel Sanz Flechoso, contra la empresa “Revival Home, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 13 de septiembre de 2011 del tenor literal siguiente:

Por presentado el anterior escrito por el letrado don Luis Enrique Campuzano Marín en representación de doña Verónica Isabel Sanz Flechoso, fórmese pieza separada de ejecución, regístrese, numérese y de conformidad con lo establecido en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, y habiéndose solicitado por la parte ejecutante el despacho de la ejecución, se tiene por promovido incidente de no readmisión y se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, décima planta, el día 3 de noviembre de 2011, a las ocho cincuenta y cinco horas, con apercibimiento de que si no asistiere la trabajadora o persona que le represente, se le tendrá por desistida de su solicitud, y si no compareciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Revival Home, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.086/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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