Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
12-10-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111012-29

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

29
Ejecución 227 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 227 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Carlos Duque Bastante, contra don Juan Martín Laín e “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el día 14 de septiembre resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Aprobar el remate del bien embargado descrito en el antecedente de hecho primero de esta resolución a favor de “Comercial Yegor, Sociedad Limitada”, por la suma de 2.450 euros.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Martín Laín e “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.231/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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