Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
17-10-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111017-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Demanda 359 de 2010

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 359 de 2010-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Petar Vasilev Angelov, contra la empresa “Xpoimag, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Estimar la solución de aclaración de la sentencia interesada por la parte actora mediante escrito de fecha 5 de septiembre de 2011, cuya redacción queda como sigue:

Sentencia número 336 de 2011

En Móstoles, a 3 de junio de 2011.

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por don Petar Vasilev Angelov y don Ionel Necula, contra “Xpoimag, Sociedad Limitada”, condenando a la mercantil demandada a abonar a cada uno de los actores la cantidad de 2.744,78 euros, más el 10 por cien de interés por mora.

Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 25.000 pesetas (150,25 euros), ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Notifíquese la presente resolución judicial a las partes, advirtiéndolas que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan contra la sentencia dictada el día 18 de mayo de 2011.

Se advierte a la destinataria que de las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Xpoimag, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.393/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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