Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
17-10-2011

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111017-31

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 5 de octubre de 2011, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de depósitos del sistema CASRAMA (Sur) Sevilla la Nueva (de 6.000 metros cúbicos), Villanueva de Perales (de 2.000 metros cúbicos) y Villamantilla (de 1.500 metros cúbicos)”, en los términos municipales de Sevilla la Nueva, Villanueva de Perales, Villamantilla, Brunete y Villaviciosa de Odón, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 118/11).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2011, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de depósitos del sistema CASRAMA (Sur) Sevilla la Nueva (de 6.000 metros cúbicos), Villanueva de Perales (de 2.000 metros cúbicos) y Villamantilla (de 1.500 metros cúbicos)”, en los términos municipales de Sevilla la Nueva, Villanueva de Perales, Villamantilla, Brunete y Villaviciosa de Odón, promovido por el Canal de Isabel II.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 5 de septiembre de 2011, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 5 de septiembre de 2011, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:

Primero

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de depósitos del sistema CASRAMA (Sur) Sevilla la Nueva (de 6.000 metros cúbicos), Villanueva de Perales (de 2.000 metros cúbicos) y Villamantilla (de 1.500 metros cúbicos)”, en los términos municipales de Sevilla la Nueva, Villanueva de Perales, Villamantilla, Brunete y Villaviciosa de Odón, promovido por el Canal de Isabel II, debiendo cumplirse las condiciones establecidas en los informes sectoriales, obrantes en el expediente:

— Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, de fecha 3 de agosto de 2009.

— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de fechas 26 de agosto de 2009 y 31 de marzo de 2011.

— Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de Recursos Agrarios) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fecha 11 de septiembre de 2009.

— Dirección General del Medio Ambiente (Subdirección General de Gestión y Ordenación de Espacios Protegidos) de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fecha 23 de noviembre de 2009.

— Confederación Hidrográfica del Tajo, de fecha 4 de marzo de 2010.

— Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fecha 17 de marzo de 2010.

— Dirección General de Patrimonio Histórico de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, de fecha 2 de julio de 2010.

— Informe del Ayuntamiento de Villanueva de Perales, de 1 de septiembre de 2009.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 5 de octubre de 2011.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/3.158/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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