Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
18-10-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111018-42

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

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Procedimiento ordinario 2.109 de 2010

En los autos de procedimiento ordinario número 2.109 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 508 de 2011

En Madrid, a 8 de junio de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 57 de los de esta villa, los presentes autos de juicio ordinario que con el número 2.109 de 2010 se han sustanciado en esta sede, y en los que han sido parte: de un lado, y como demandante, la comunidad de propietarios de la calle Gran Vía, número 45, de Madrid, representada por el procurador de los tribunales señor Peñalver Garcerán y asistida por el letrado señor De Andrés Mondéjar, y de otro lado, y como demandados, don Duarte Manuel Castanheria Lobo, del que se ha desistido, y doña María Helena Dos Ramos Lobo, declarada en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente resolución.

Fallo

Que teniendo a la actora por desistida de su demanda contra don Duarte Manuel Castanheria Lobo, y estimando la demanda presentada por el procurador de los tribunales señor Peñalver Garcerán, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Gran Vía, número 45, de Madrid, contra doña María Helena Dos Ramos Lobo, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de 15.970,11 euros, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes y dese cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse en el término de cinco días ante este Juzgado de conformidad con lo previsto en los artículos 457 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, de 4 de noviembre, se indica la necesidad de constitución de depósitos para recurrir por importe de 50 euros en la cuenta de este Juzgado en “Banesto” y a favor de estos autos, en caso de defecto y omisión o error en la constitución, se concederá a la parte plazo de dos días para subsanación. De no efectuarlo, quedará firme la resolución impugnada (artículo 1.19.15, depósito para recurrir).

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones, y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por la magistrada-juez que la dictó estando celebrando en audiencia pública y presente yo, el secretario, doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma de la sentencia a la demandada, en ignorado paradero, doña María Helena Dos Ramos Lobo, se expide el presente en Madrid, a 5 de septiembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/8.548/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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