Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
19-10-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111019-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 68

EDICTO

65
Juicio verbal 2.147 de 2010

Don Manuel Álvaro Araujo, secretario del Juzgado de primera instancia número 68 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado y bajo el número 2.147 de 2010, se ha tramitado juicio verbal a instancias de “Sofinloc Instituiçao Financiera de Crédito, Sociedad Anónima” sucursal en España, representado por el procurador don Javier Iglesias Gómez contra doña Karina Muñoz Calle, declarado en rebeldía procesal en la que por resolución de esta fecha, se ha acordado notificar la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 21 de abril de 2009.—El ilustrísimo señor don Manuel Eduardo Regalado Valdés, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 68 de los de Madrid y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal civil número 2.147 de 2008, promovidos por doña María de los Santos García Laínez, representada por el procurador señor Campal Crespo y asistida del letrado señor Gutiérrez Rodríguez, contra “Aplicaciones Tecnobas, Sociedad Limitada Unipersonal”, representada por el procurador señor Abajo Abril y asistida del letrado señor Serrano Prada, que versa sobre desahucio por falta de pago.

Fallo

Que desestimando la demanda presentada por doña María de los Santos García Laínez, representada por el procurador señor Campal Crespo, contra “Aplicaciones Tecnobas, Sociedad Limitada Unipersonal”, representada por el procurador señor Abajo Abril, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos en su contra vertidos en el escrito de demanda y todo ello con imposición de costas a la parte actora.

Y todo ello con imposición de costas a la parte actora.

Contra esta sentencia podrá prepararse recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio, para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y en consecuencia del ignorado paradero de la demandada doña Karina Muñoz Calle, se expide el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 27 de junio de 2011.—Firmado.

(02/8.595/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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