Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
28-10-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111028-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Modificación ordenanzas fiscales

En el Servicio de Rentas de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público los acuerdos provisionales que a continuación se relacionan, adoptados por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 24 de octubre de 2011.

Aprobar la modificación de las ordenanzas fiscales siguientes:

A. Acuerdos de modificación de las ordenanzas de los siguientes impuestos

1. Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.

2. Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

B. Acuerdos de modificación de las ordenanzas de las siguientes tasas

1. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de uso público.

2. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial en terrenos de uso público, por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

3. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública.

Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:

a) Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En el supuesto de que no se presenten reclamaciones en el plazo de información pública, se entenderán definitivamente adoptados estos acuerdos.

En Villaviciosa de Odón, a 26 de octubre de 2011.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/36.328/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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