Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
31-10-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111031-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

193
Ejecución 302 de 2011

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 302 de 2011-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Alfonso Avelino, contra la empresa “Edificaciones Ruhstons, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 14 de marzo de 2011 a favor de la parte ejecutante don Ángel Alfonso Avelino, frente a “Edificaciones Ruhstons, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 36.778,22 euros de principal (33.434,75 euros, más 3.343,47 euros por el 10 por 100 de mora), más 3.677,82 euros presupuestados para intereses y costas de ejecución.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Edificaciones Ruhstons, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 19 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.092/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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