Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
07-11-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111107-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

106
Demanda 1.410 de 2010

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.410 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Rodríguez de Mingo, contra la empresa “Masorribas Logística Madrid, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 3 de octubre de 2011.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con esta fecha se ha recibido de la correspondiente oficina de la Delegación del Decanato, fechado por dicha oficina el día 29 de septiembre de 2011, escrito presentado por la parte actora desistiendo de su demanda.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 3 de octubre de 2011.—Vistas por mí, el magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, a las presentes actuaciones, dicto la siguiente resolución.

Parte dispositiva:

Así por este auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida, y archívese el procedimiento sin más trámite.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma.—La magistrada-juez de lo social, Mercedes Gómez Ferreras.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Masorribas Logística Madrid, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.820/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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