Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
10-11-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111110-329

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

329
Demanda 912 de 2011

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 912 de 2011-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa Miñarro Santacruz, contra don Said Ahahjik, don Salah Eddin El Morabet y “Horno Samosa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de 2 de septiembre de 2011, diligencias de ordenación de 7 de octubre de 2011 y 13 de octubre de 2011, del tenor literal siguiente, respectivamente:

Decreto

Doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 2 de septiembre de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Rosa Miñarro Santacruz, frente a don Said Ahahjik, don Salah Eddin El Morabet y “Horno Samosa, Sociedad Limitada”, en materia de despido.

2. Se acuerda requerir a la empresa demandada la documental solicitada para que en el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda sin perjuicio del criterio de su señoría el/la magistrado/a, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 13 de octubre de 2011, a las once y cincuenta horas.

Respecto a la documental punto 2, nóminas de salarios y finiquito del tiempo trabajado por la actora en la empresa durante un año. Y en el punto 4, recibos bancarios de pago desde octubre de 2010 hasta la fecha de requerimiento.

3. En relación con el interrogatorio de las partes, ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.

4. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda sobre la comparecencia a juicio del demandante, asistido de letrado.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandada, que, conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y, si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2850 en la entidad bancaria “Banesto”.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 7 de octubre de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 28 de septiembre de 2011 ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito que se une a estos autos, se admite la ampliación de prueba propuesta, por lo que se acuerda:

Requerir a la Inspección Provincial de Trabajo, a fin de que remita a este Juzgado copia compulsada del expediente sancionador abierto con referencia O.s. 28/0009850/11, contra “Horno Samosa, Sociedad Limitada”, con CIF B-85355337. Por lo que se librará oficio al organismo referido.

Cítese a los testigos propuestos en dicho escrito sin perjuicio de su admisión en el acto de juicio.

Suspender la vista a juicio prevista para el 13 de octubre de 2011, fijándose nuevo señalamiento para el día 21 de noviembre de 2011, a las doce y treinta horas de su mañana.

Devuelta carta de correos con la anotación desconocido, vuélvase, y visto que el domicilio facilitado en la demanda es erróneo, vuélvase a notificar a la parte demandada decreto de fecha 2 de septiembre de 2011, copia de demanda, diligencia de ordenación de 7 de octubre de 2011 y copia de escrito al domicilio facilitado por el Registro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y, si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2850 en la entidad bancaria “Banesto”.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 13 de octubre de 2011.

El anterior escrito de doña Rosa Miñarro Santacruz, únase y se tiene por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo. Cítese a los demandados por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalado para el día 21 de noviembre de 2011, a las doce y treinta horas de su mañana.

Y estese a lo acordado en la anterior resolución.

Sirviendo este proveído de citación en forma.

Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado y ante la secretaria judicial actuante, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuy sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (según artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Said Ahahjik, don Salah Eddin El Morabet y “Horno Samosa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 13 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.113/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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