Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
10-11-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111110-333

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LOGROÑO NÚMERO 2

333
Procedimiento ordinario 421 de 2011

Doña Olga Revuelto Ruiz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Logroño.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 421 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Javier Urruticoechea Astarloa, contra la empresa “Recigesticampo, Sociedad Limitada” y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

— Admitir la demanda presentada.

— Señalar para el día 16 de noviembre de 2011, a las once y quince horas, la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y para el 16 de noviembre de 2011, a las once y quince horas, la celebración, en su caso, del acto de juicio.

— Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que, de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial en el primer caso y el magistrado-juez en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda, y si se tratase de la demandada, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía.

Al primer otrosí, se tiene por hecha la manifestación del actor de acudir a juicio asistido de letrado y por designado el domicilio reseñado.

Al segundo otrosí, a la prueba de confesión judicial solicitada, se admite a trámite señalándose para su práctica el mismo día del juicio señalado. Cítese en forma al representante legal de la empresa, apercibiéndole de que podrá ser tenido por confeso si no comparece ni alega causa suficiente apreciada judicialmente que justifique su inasistencia.

Respecto a la documental formulada, que se acompaña a la demanda y la que pueda interesar en el acto del juicio, se admite a trámite.

— Antes de la notificación de esta resolución a las partes, paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado por la secretaria judicial encargada de la agenda programada de señalamientos.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a la demandada “Recigesticampo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero o ad cautelam, se expide el presente.

En Logroño, a 7 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.290/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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