Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
10-11-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111110-201

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

201
Demanda 318 de 2011

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 318 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutua Universal Mugenat”, contra don Miguel Ángel Sanz Galán, don Sergio Valera Belda (administrador concursal), don David Vilella Silla (administrador concursal), “Transportes Soriano Levante, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Declaro bien constituida la relación jurídico procesal entablada por la mutua actora, en relación con los demandados Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y con el trabajador demandado, en cuanto a la responsabilidad “ad processum”.

Estimo la demanda de la parte demandante “Mutua Universal Mugenat”, y declaro debida la cantidad reclamada con este procedimiento.

En consecuencia, condeno a la codemandada “Transporte Soriano Levante, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora la cantidad de 6.443,73 euros por concepto de prestaciones de incapacidad transitoria derivada de enfermedad enfermedad común que la mutua abonó por vía de anticipo al trabajador don Miguel Ángel Sanz Galán.

Absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al trabajador don Miguel Ángel Sanz Galán de lo pretendido con la demanda.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 318 de 2011 de procedimiento, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, oficina que se encuentra situada en la sede del edificio de este Juzgado, en la primera planta, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transporte Soriano Levante, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.124/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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