Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
11-11-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111111-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

URBANISMO

78
Constitución Junta de Compensación Unidad de Ejecución 10

La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el día 2 de noviembre de 2011, adoptó, entre otros, lo siguiente:

1. Aprobar la constitución de la Junta de Compensación del ámbito de la Unidad de Ejecución 10 (UE 10) del Plan General de San Fernando de Henares, formalizada mediante escritura pública otorgada en San Fernando de Henares, el 27 de septiembre de 2011, ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Rafael Cervera Rodilla, bajo el número 1.841 de su protocolo.

2. Dar traslado del presente acuerdo junto con la copia autorizada de la escritura de constitución citada y la escritura de ratificación del cargo de secretario otorgada en Barcelona el 3 de octubre de 2011 ante la notaria del Ilustre Colegio de Cataluña doña María Paloma Zaldo Pérez, bajo el número 1.203 de su protocolo, a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

3. Que por la Junta de Compensación se solicite al Registro de la Propiedad de San Fernando de Henares se practique nota marginal para hacer constar que los terrenos comprendidos en la Unidad de Ejecución quedan afectados al cumplimiento de las obligaciones inherentes al sistema de compensación.

El acuerdo de aprobación se notificará al presidente de la Junta de Compensación conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En la notificación se indicará que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde la notificación de la misma ante el mismo órgano que la hubiera dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa competente.

Sometida a votación la propuesta de referencia, resultó aprobada por unanimidad.

Lo que se notifica para general conocimiento y efectos, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado o Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, advirtiendo que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Con carácter potestativo, se podrá asimismo interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto impugnado. No se podrá presentar el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno, de conformidad con la legislación vigente.

En San Fernando de Henares, a 7 de noviembre de 2011.—La concejala-delegada de Urbanismo e Industria, Laura Bedoya Ortuño.

(02/9.691/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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