Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
14-11-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111114-29

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Coordinación Institucional

29
Modificación ficheros Área Gobierno Seguridad

Acuerdo de 27 de octubre de 2011, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la modificación de ficheros de datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Seguridad.

El presente acuerdo tiene por objeto aprobar la modificación de ficheros que contienen datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Seguridad, una vez aprobado con fecha 2 de junio de 2011 el proyecto, sometido a un período de información pública y evacuado el informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Con posterioridad a la aprobación del citado proyecto, mediante acuerdo de 21 de junio de 2011, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid ha aprobado la nueva organización y estructura del Área de Gobierno de Seguridad, por lo que se hace necesario que en el anexo del presente acuerdo se refleje la nueva denominación del órgano directivo responsable del fichero que se modifica.

La creación, modificación o supresión de ficheros se regula en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, desarrollada por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, aplicable directamente al Ayuntamiento de Madrid, y desarrollada mediante el Decreto 99/2002, de 13 de junio.

La mencionada Ley Orgánica establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger el derecho fundamental a la autodeterminación informativa o derecho a la autodisposición de las informaciones personales. Este derecho se garantiza imponiendo unas obligaciones a las organizaciones que manejan datos de carácter personal y concretamente a las Administraciones Públicas.

La primera de estas obligaciones es la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal y su inscripción, en el caso de la Administración Pública, en el Registro de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, a la que se unen las de tratar y recoger adecuadamente los datos, facilitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como aprobar e implantar las medidas de seguridad necesarias y el documento de seguridad correspondiente.

El artículo 17.1.l) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, atribuye a la Junta de Gobierno la competencia para la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal.

A propuesta del delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 27 de octubre de 2011,

ACUERDA

Primero.—1. Aprobar la modificación del fichero que contiene datos de carácter personal en el Área de Gobierno de Seguridad, que se inserta a continuación en el anexo del presente acuerdo y cuya denominación es la siguiente:

INFRACCIONES DE MOVILIDAD.

2. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante el órgano responsable del fichero que se indica en el anexo del presente acuerdo.

3. El fichero que se modifica por el presente acuerdo cumple las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Segundo.—Lo dispuesto en el presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

ANEXO

DECLARACIONES DE MODIFICACIÓN DE FICHERO (EXPEDIENTE: 145/2011/01567)

La información recogida en este anexo se encuentra clasificada por declaraciones de modificación de fichero, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, regulador del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como de su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Para cada uno de los ficheros que se modifiquen, el proyecto de disposición de carácter general deberá contener principalmente:

1. El nombre del fichero que se modifica y el número de registro con el que figura inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

2. El apartado de la inscripción que se modifica, sea uno o varios de los 11 que se recogen en la disposición de carácter general de creación de los ficheros.

3. El contenido íntegro de cada uno de los apartados que se modifiquen”.

Cada declaración de modificación de fichero se identifica en la cabecera por un número de expediente y su orden dentro del mismo. El fichero modificado se identifica por un número único dentro de todos los ficheros declarados del Ayuntamiento de Madrid, el nombre actual del fichero y su código de inscripción en la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.

Referencia del servicio: 145/2011/01567.

Datos actuales del fichero:

— Número: 0005.

— Nombre: INFRACCIONES DE MOVILIDAD.

— Inscripción APDCM: 2013410491.

— NÚMERO DE ORDEN: 1-M.

1. Órgano responsable del fichero: ÁREA DE GOBIERNO DE SEGURIDAD.

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y VIGILANCIA DE LA CIRCULACIÓN.

2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y VIGILANCIA DE LA CIRCULACIÓN. CALLE ALBARRACÍN, NÚMERO 33, 28037 MADRID.

3. Nombre y descripción del fichero: este apartado no se modifica.

4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: este apartado no se modifica.

5. Sistema de información al que pertenezca el fichero: este apartado no se modifica.

6. Nivel de medidas de seguridad aplicadas: este apartado no se modifica.

7. Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, NOMBRE Y APELLIDOS, DIRECCIÓN (POSTAL, ELECTRÓNICA), FIRMA/HUELLA, IMAGEN/VOZ, FIRMA ELECTRÓNICA, MATRÍCULA VEHÍCULO.

— Datos económico-financieros y de seguros: DATOS BANCARIOS, TARJETAS DE CRÉDITO.

8. Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: este apartado no se modifica.

9. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: este apartado no se modifica.

10. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: este apartado no se modifica.

11. Cesiones: este apartado no se modifica.

Madrid, a 27 de octubre de 2011.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, por suplencia, el director general de Relaciones Institucionales (decreto de 14 de septiembre de 2011, de la concejala de Coordinación Institucional ), Javier Calvo García.

(03/36.501/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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