Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
14-11-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111114-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 2

52
Procedimiento ordinario 981 de 2007

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Visitación Miguel Marco.—En Madrid, a 26 de septiembre de 2011.

El anterior escrito del abogado del Estado únase a los autos de su razón y de conformidad con lo solicitado y habiéndose dictado sentencia en el presente procedimiento, y encontrándose los demandados don Jorge Álvaro Díez Humanes y doña María Amelia Bulnes Toca en situación de rebeldía procesal, de conformidad con el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo:

Notificarles la sentencia mediante edicto que se fijará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante la secretaria judicial que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 981 de 2007, seguido a instancias del Consorcio de Compensación de Seguros frente a don Jorge Álvaro Díez Humanes y doña María Amelia Bulnes Toca, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 30 de junio de 2008.—Vistos por doña Cristina Fernández Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 981 de 2007, a instancias del Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el abogado del Estado, contra don Jorge Álvaro Díez Humanes y doña María Amelia Bulnes Toca, declarados en rebeldía.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda promovida por Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el abogado del Estado, contra don Jorge Álvaro Díez Humanes y doña María Amelia Bulnes Toca, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a abonar al actor la cantidad de 3.334,07 euros, más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial y las costas causadas.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Y encontrándose dichos demandados, don Jorge Álvaro Díez Humanes y doña María Amelia Bulnes Toca, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Madrid, a 26 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(02/9.238/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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