Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
14-11-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111114-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

EDICTO

62
Divorcio contencioso 467 de 2008

En virtud de lo acordado en los autos de divorcio contencioso número 467 de 2008, se ha dictado la siguiente sentencia cuyo encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 65 de 2011

En Madrid, a 16 de febrero de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora, doña María Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de los de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 467 de 2008, sobre divorcio, a instancias de doña Susana Sanz Pancorbo, representada por la procuradora doña Rocío Sampere Meneses y asistida del letrado don Alberto Fernández Pérez, contra don Peter Osionebo Azebeokhai, declarado en situación procesal de rebeldía, en base a los siguientes:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Rocío Sampere Meneses, en nombre y representación de doña Susana Sanz Pancorbo contra don Peter Osionebo Azebeokhai, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firma, a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción del matrimonio de las partes intervinientes en el proceso.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad a recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado don Peter Osionebo Azebeokhai, en paradero desconocido, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 16 de febrero de 2011.—El secretario (firmado).

(02/9.295/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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