Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
14-11-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111114-128

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

128
Demanda 57 de 2011

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 57 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Arévalo Mialdea, don Julio Campón Pacheco, don Santiago Fernández Humanes, don Juan García Navas, don Basilio Guijarro Recuendo, don Javier Lozano García, don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales, don Andrés Navarro López y don Carlos Toledano Santos, contra la empresa “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 11 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva se acompaña:

Sentencia

En Madrid, a 11 de octubre de 2011.—Vistos por la ilustrísima doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, los presentes autos sobre ordinario, seguidos con el número 57 de 2011, entre partes: de una y como demandantes, don Eugenio Arévalo Mialdea, don Julio Campón Pacheco, don Santiago Fernández Humanes, don Juan García Navas, don Basilio Guijarro Recuendo, don Javier Lozano García, don Andrés Navarro López, don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales y don Carlos Toledano Santos, y de otra, como demandada, la empresa “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, y

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Eugenio Arévalo Mialdea, don Julio Campón Pacheco, don Santiago Fernández Humanes, don Juan García Navas, don Basilio Guijarro Recuendo, don Javier Lozano García, don Andrés Navarro López, don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales y don Carlos Toledano Santos, contra la empresa “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a:

— Don Eugenio Arévalo Mialdea la suma de 9.813,63 euros.

— Don Julio Campón Pacheco la suma de 33.433,07 euros.

— Don Santiago Fernández Humanes la suma de 46.799, 24 euros.

— Don Juan García Navas la suma de 33.433,07 euros.

— Don Basilio Guijarro Recuendo la suma de 33.433,07 euros.

— Don Javier Lozano García la suma de 33.433,07 euros.

— Don Andrés Navarro López la suma de 33.433,07 euros.

— Don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales la suma de 50.597,96 euros.

— Don Carlos Toledano Santos la suma de 33.904,95 euros.

Cantidades que se incrementarán en un 10 por 100 de interés de mora.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que deberá depositar la cantidad de 150 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con número 2518, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en la calle Princesa, número 2, con el número 2518, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia o se trate de emplazamiento, que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.448/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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