Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
15-11-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111115-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

129
Demanda 1.387 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.387 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Robak Slawomir, contra la empresa “Sistemas Eléctricos, Telecomunicaciones, Energía y Climatización, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda del actor don Robak Slawomir y declaro debida la cantidad reclamada con su demanda.

En consecuencia, condeno a la demandada “Sistemas Eléctricos, Telecomunicaciones, Energía y Climatización, Sociedad Limitada Unipersonal, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone al demandante la cantidad de 5.268,89 euros de principal. Asimismo declaro la mora de la demandada y a las anteriores cantidades se les incrementará el 10 por 100 de interés moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará al actor la cantidad objeto de condena para el supuesto de insolvencia de la empresa y hasta el límite legal, no haciendo extensiva la declaración de mora a dicho organismo.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado, en la sucursal de “Banesto”, situado en el edificio de estos Juzgados, e la primera planta, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistemas Eléctricos, Telecomunicaciones, Energía y Climatización, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.648/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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