Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
15-11-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111115-177

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

177
Demanda 1.404 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.404 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel Rincón Sánchez, doña María Pilar Crespo Romero, doña María Dolores Sanz Gil y doña Eva Gutiérrez Novo, contra las empresas “Gestión y Administración de Patrimonios Inmobiliarios Gespro, Sociedad Anónima”, “Riva y García Fincas Gestión, Sociedad Limitada”, y “Riva y García Fincas, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 394 de 2011

En Madrid, a 6 de octubre de 2011.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, doña María Isabel Rincón Sánchez, doña María Pilar Crespo Romero, doña María Dolores Sanz Gil y doña Eva Gutiérrez Novo, que comparecen asistidas del letrado don Enrique Oltra Martínez, y de otra, como demandadas, “Gestión y Administración de Patrimonios Inmobiliarios Gespro, Sociedad Anónima”, “Riva y García Fincas Gestión, Sociedad Limitada”, y “Riva y García Fincas, Sociedad Anónima”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Con estimación de la demanda presentada por doña María Isabel Rincón Sánchez, doña María Pilar Crespo Romero, doña María Dolores Sanz Gil y doña Eva Gutiérrez Novo, contra “Gestión y Administración de Patrimonios Inmobiliarios Gespro, Sociedad Anónima”, “Riva y García Fincas Gestión, Sociedad Limitada”, y “Riva y García Fincas, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno solidariamente a las codemandadas a abonar las siguientes cantidades:

A doña María Isabel Rincón Sánchez: 7.022,79 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

A doña María Pilar Crespo Romero: 6.902,15 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

A doña María Dolores Sanz Gil: 2.332,73 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

A doña Eva Gutiérrez Novo: 2.281,72 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta, a nombre de este Juzgado con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta, a nombre de este Juzgado con el número 2805, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Gestión y Administración de Patrimonios Inmobiliarios Gespro, Sociedad Anónima”, “Riva y García Fincas Gestión, Sociedad Limitada”, y “Riva y García Fincas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.935/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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