Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
16-11-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111116-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

33
Modificación ordenanzas fiscales 2012

Advertidos una serie de errores materiales en el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 264, de 7 de noviembre de 2011, correspondiente a la modificación de las Ordenanzas Fiscales y Generales de Precios Públicos de 2012, aprobada de forma provisional y definitiva si no se presentaran reclamaciones por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria de 3 de noviembre de 2011, en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su corrección de la siguiente manera:

— En la página 164, en el apartado 3 referente al artículo 5 de la ordenanza fiscal número 14, reguladora de la tasa por retirada y depósito de vehículos en la vía pública, se ha omitido entre “3. Vehículos con peso superior a 5.000 kilogramos:” y “Por cada hora o fracción siguientes del primer día: 2,15 euros” el apartado “Primera hora o fracción: 2,15 euros”.

En la misma página y ordenanza, en el apartado d), apartado 2:

l Donde dice: “De automóviles turismo”.

l Debe decir: “De automóviles de turismo”.

— En la página 165, en el cuadro correspondiente a la ordenanza fiscal número 16, reguladora de la tasa por instalación en la vía pública de quioscos..., en el grupo 1, a):

l Donde dice “a) Por instalación de puestos venta...”.

l Debe decir “a) Por instalación de puestos de venta....”.

— En la página 166, en el primer cuadro, correspondiente a la ordenanza fiscal número 17, reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas..., en el grupo 1:

l Donde dice “Por instalación de mesas o veladores...”.

l Debe decir “Por instalación de mesas o veladores...”.

— En la página 166, en el segundo cuadro, correspondiente a la ordenanza fiscal número 18, reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública con mercancías, escombros, materiales, etcetera..., en el grupo 1, primera línea:

l Donde dice “Mercancías, escombros, ateriales de...”.

l Debe decir “Mercancías, escombros, materiales de...”.

— En la página 167, en el cuadro correspondiente a la ordenanza fiscal número 20, reguladora de la tasa por paso de vehículos a través de aceras o calzadas y reserva de la vía pública..., en el grupo 1, a), segunda línea.

l Donde dice “...pormetro...”.

l Debe decir “... por metro...”.

En el mismo grupo, letra b), donde dice “... superioresa...”, debe decir “... superiores a...” y en el grupo 3, p), en la cuarta categoría de calles, donde dice “89,00”, debe decir “84,00”.

Lo que se hace constar a los efectos oportunos y para general conocimiento, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcalá de Henares, a 11 de noviembre de 2011.—El alcalde, Bartolomé González Jiménez.

(03/37.979/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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