Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111118-192

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

192
Demanda 761 de 2011

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 761 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Arriaza Dorado, contra las empresas “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, “Plantel Impulsa, Sociedad Limitada”, y “Plantel Global Services, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don José Arriaza Dorado, contra las empresas “Plantel Global Services, Sociedad Limitada”, “Plantel Impulsa, Sociedad Limitada”, y “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa “Plantel Global Services, Sociedad Limitada”, a que abone al actor la cantidad de 13.879,71 euros, así como al abono del 10 por 100 de interés por mora en el abono del salario.

Absolviendo a las demandadas “Plantel Impulsa, Sociedad Limitada”, y “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, de los pedimentos contenidos en su contra en el escrito de demanda.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, y “Plantel Global Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.520/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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