Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2011

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111118-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Undécima

EDICTO

63
Rollo 666 de 2009

Doña Amalia Marcos Andrés, secretaria de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sección y con el número de rollo 666 de 2009 se siguen, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario número 126 de 2007, procedentes del Juzgado de primera instancia número 1 de Parla, seguidos a instancias de “Groupama Seguros” y otros, contra “Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija” y don Stanley Iyamu, sobre reclamación de cantidad, y en el cual, habiendo sido magistrada ponente la señora Alfaro Hoys, se ha dictado, con fecha 31 de marzo de 2011, la sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando en parte el recurso de apelación interpuesto por la entidad “Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija” contra la sentencia dictada en fecha 28 de enero de 2009 por el Juzgado de primera instancia número 1 de Parla, en los autos de juicio verbal seguidos al número 126 de 2007, de los que el presente rollo dimana, debemos revocar en parte la referida resolución en el sentido de condenar a “Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija” y a don Stanley Iyamu a que indemnicen a la parte actora en la cantidad de 1.015 euros, más los intereses legales de la citada cantidad desde la fecha de la demanda, y los procesales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde la fecha de la sentencia en primera instancia, y a que procedan a la reparación de la avería que origina los daños. En cuanto a las costas causadas en primera instancia, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. No se imponen las costas causadas en el presente recurso de apelación a ninguna de las partes litigantes. Devuélvase el depósito entregado. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide el presente, sirviendo de notificación en forma al apelado no comparecido don Stanley Iyamu.

Dado en Madrid, a 10 de octubre de 2011.—La secretaria (firmado).

(01/3.389/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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