Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111119-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

105
Demanda 226 de 2011

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 226 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Yudy Milena Cardozo Galindo, contra doña Silva Mendes Deolinda, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Sentencia número 263 de 2011

En Madrid, a 8 de junio de 2011.—Don Juan Manuel Carrillo Eguílaz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, en los que han sido partes: como demandante, doña Yudy Milena Cardozo Galindo, asistida por el letrado don Félix Rioja Alda, y como demandada, doña Silva Mendes Deolinda, que no comparece, estando citada en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña Yudy Milena Cardozo Galindo, frente a doña Silva Mendes Deolinda, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.077,13 euros más el 10 por 100 de interés legal de mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Silva Mendes Deolinda, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 18 de octubre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/36.700/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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