Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
24-11-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111124-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

171
Demanda 884 de 2011

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 884 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelilah Jilali contra don Najjar Adil, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo tenor dice:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de octubre de 2011.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar y dar cuenta del estado de las actuaciones, doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Diligencia de ordenación del secretario judicial don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 20 de octubre de 2011.

Visto el contenido de la diligencia que antecede, se acuerda suspender por necesidades del servicio los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para el día 19 de diciembre de 2011, a las nueve horas, señalándose de nuevo para el día 1 de diciembre de 2011, a las nueve horas, sirviendo la presente como citación en forma y haciendo saber a las partes que deberán comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a presentar ante quien dicta esta resolución dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción (artículo 148.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado (2805 0000 30), número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto, Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta.

Así lo acuerdo y firmo, doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Najjar Adil, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/39.374/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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